Saltar al contenido
Ciudadanía

El último paso, bien dado

La solicitud de ciudadanía reabre todo su expediente migratorio. Nosotros lo revisamos primero — para aplicar cuando el caso está listo para ganar.

La ciudadanía es el único estatus que nadie le puede quitar por un trámite vencido: vote, pida a más familiares, viaje sin miedo. Pero la N-400 no es «puro trámite»: el gobierno revisa viajes, impuestos y todo contacto con la policía — incluso casos cerrados. Una solicitud descuidada puede poner en riesgo la residencia que ya tiene. Por eso el expediente se revisa completo antes de presentar.

La cuenta exacta

Residencia continua y presencia física calculadas contra sus pasaportes — los viajes largos pueden romper el reloj.

Revisión del historial

Arrestos, impuestos y manutención examinados antes de aplicar — casi siempre tienen solución con un plan.

Examen y entrevista

Preparación para el examen cívico y de inglés, excepciones 50/20 y 55/15, y una entrevista de práctica.

Preguntas

Preguntas frecuentes

¿Cuándo puedo aplicar?
En general, a los 5 años de residente — o a los 3 si está casado(a) y viviendo con un ciudadano. Puede presentar hasta 90 días antes de cumplir el plazo. Nosotros calculamos su fecha exacta y segura.
¿Puedo hacer el examen en español?
Sí, si cumple la regla 50/20 (50 años + 20 de residente) o la 55/15. También existen excepciones médicas certificadas. Le decimos exactamente qué excepción le aplica.
Tuve un arresto hace años. ¿Puedo aplicar?
No aplique sin revisarlo primero. Muchos casos viejos o cerrados no impiden la ciudadanía — pero algunos sí, y la N-400 reabre todo el expediente. Traiga sus documentos a la consulta y le damos una respuesta honesta antes de arriesgar nada.

Termine el viaje como se debe

Primero la revisión honesta; el juramento sigue al expediente.

Solicite una consulta