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Asilo y protección

Protección para quienes huyen del peligro

Si volver a su país significa peligro, la ley puede protegerle. El tiempo corre — y los casos se ganan con detalle y evidencia.

El asilo no es un favor: es una protección establecida en la ley para quienes sufrieron persecución o tienen un temor fundado de sufrirla. Pero tiene reglas duras — empezando por el plazo general de UN AÑO desde la última entrada — y se gana con credibilidad: una declaración precisa, construida en varias sesiones, con evidencia reunida con intención. Los casos débiles o exagerados no solo fallan; dejan cicatrices permanentes en el expediente.

Afirmativo y defensivo

Ante USCIS o ante el juez — el mismo formulario, estrategias distintas. Su cónyuge e hijos menores solteros pueden incluirse.

El plazo de un año

Con excepciones por circunstancias cambiadas o extraordinarias — analízelas antes de descartarse.

La vida mientras tanto

Permiso de trabajo cuando la ley lo permite, renovaciones y acompañamiento durante los años del proceso.

Preguntas

Preguntas frecuentes

¿Qué necesito probar para ganar asilo?
Persecución — o temor fundado de persecución — por raza, religión, nacionalidad, opinión política o grupo social particular. La clave es la credibilidad y la evidencia: su declaración detallada, documentos y condiciones del país. Eso es lo que construimos juntos.
Ya pasó más de un año desde que entré. ¿Todavía puedo pedir asilo?
Quizás. Hay excepciones por circunstancias cambiadas o extraordinarias. Es un análisis caso por caso que hacemos en la consulta — no se descarte solo.
¿Cuándo puedo trabajar?
La ley establece un período de espera después de presentar el asilo antes de poder solicitar el permiso de trabajo. Calculamos sus fechas y presentamos el permiso en cuanto usted califica.

Su historia merece ser escuchada

Con respeto, en su idioma, y con la verdad por delante.

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